EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 25º Turno,
dictada en autos: "AYESTARÁN GONZALEZ, NICOLÁS c/ FERNANDEZ
RODRIGUEZ, SARA - JUICIO EJECUTIVO COMÚN" IUE 2-40030/2021, por auto
Nº 3537/2023 se decreta la venta en publica subasta, sin base al mejor postor, en
moneda Nacional el día 4 de junio de 2024 a las 11:30 horas, en Av. Uruguay 826
esquina Andes Montevideo ( ANRTCI) por el Rematador Martín Cadenazzi, matrícula
7.103, RUT 218815310019, en acto presidido por la Sra. Alguacil de la sede del del
siguiente bien inmueble: solar de terreno baldío con las mejoras que le acceden
ubicado en la localidad catastral de Nueva Helvecia del Departamento de Colonia,
padrón Tres Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos (3.462), antes padrón 3264, señalado
con el número 16 de la manzana 2 en el plano del Agrimensor Alberto Davyt, de
Enero de 1959 previa aprobación Municipal del 13 de Febrero de 1959 e inscripto en
la Dirección General de Catastro con el número 3759 el 15 de Octubre de 1959 y
según el cual consta de una superficie de quinientos nueve metros cuatro decímetros
(509 m04 dm) y se deslinda al suroeste 12.60 metros de frente a calle de 17 metros
(hoy calle Lorenzo Artola), al Noroeste 40.40 metros con el solar 17, al noreste 12.60
con el solar 9 y al sureste 40.40 metros con el solar 15, todos del mismo plano. SE
PREVIENE: 1- Qué el remate es sin base, en Pesos Uruguayos; 2- Que el mejor
postor deberá depositar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la oferta en
carácter de seña con letra de cambio, cheque certificado transferencia bancaria o
efectivo y el plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos
contados a partir del día hábil siguiente al día de la notificación del auto aprobatorio
del remate. 3- Que será de cargo del comprador la comisión del Sr. Rematador, en el
acto, equivalente al 3% más IVA de su oferta; 4- Que será de cargo del expediente la
comisión del vendedor equivalente al 1% más IVA de la mejor oferta; 5- Será de
cargo del expediente el impuesto Municipal del 1%; 6- Se desconoce la situación
ocupacional y tributaria del bien 7- Se desconoce la existencia de deuda ante el BPS.
8- Se trata de terreno baldío 9- Se desconoce deuda de OSE. 10- Se desconoce si
existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 11- El Remate se
realiza en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y
la información del Registro de la Propiedad Inmueble y Registro Nacional de Actos
Personales expedidos el 30 de abril de 2024. El bien se saca a remate con
testimonio por exhibición de la documentación y antecedentes dominiales y demás
prevenciones que surjan del informe de fs 140 y ss. 12- Solo podrán ser descontados
del precio los importes que se adeudaren por concepto de concepto de Contribución
Inmobiliaria e Impuesto de enseñanza primaria, ITP o IRPF si correspondieren. 13-
El comprador deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos impuestos en la
ley 19.210 de inclusión financiera y demás disposiciones reglamentaria y
modificativas. Si el precio de remate superare las 40.000UI, se deberá hacer efectivo
de acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión Financiera. 14) La documentación
relativa al inmueble se encuentra a disposición de los interesados en la Sede de este
tribunal.sito en la calle 25 de Mayo Nº 500.Montevideo
Montevideo, 15 de mayo de 2024
MARILÍN BETTINA MORALES MARTÍNEZ, Actuario de Jdos. de Paz
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